02 Jun POR PRIMERA VEZ, PUEBLO INDÍGENA LOGRA LA ADMINISTRACIÓN DE AERODROMOS EN SU TERRITORIO
- Tras varios años de acciones e incidencia en el procedimiento administrativo, el MTC reconoció a FENAP, órgano representativo del Pueblo Achuar del Pastaza, la administración y explotación de dos aeródromos en su territorio.
- Los Aeródromos ubicados en las comunidades de Wisum y Yankuntich funcionarán bajo la administración y explotación de FENAP.
IIDS/ 1 jun. 2023.- Luego de dos años de trámite ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP), órgano representativo del Pueblo Indígena Achuar del Pastaza, fue notificado por el Oficio N° 1168-2023-MTC/12.07.03, correspondiente al aeródromo de Yankuntich, y el Oficio N° 1169-2023-MTC/12.07.03 correspondiente al aeródromo de Wisum, que dan cuenta de las Resoluciones Directorales que autorizan el funcionamiento de los mismos, otorgando la administración y la explotación de dichos aeródromos a FENAP.
En asamblea general de FENAP, el Pueblo Achuar del Pastaza decidió iniciar un procedimiento administrativo para el establecimiento de dos aeródromos en las comunidades Wisum y Yankuntich, debido al difícil acceso a las mismas que implican largos viajes de 3 a 5 días vía fluvial. En la última asamblea de Yankuntich realizada el mes de marzo de 2023, Peas Peas Ayui, miembro de esta comunidad, mostró la urgente necesidad del funcionamiento de estos aeródromos señalando las dificultades que atraviesan por falta del mismo: “uno de los grandes problemas es que sufrimos mucho, porque si tenemos enfermos no tenemos la posibilidad y acceso para poder sacar nuestros enfermos y, muchas veces, hasta fallecen debido a que las emergencias aéreas no entran en la comunidad Yankuntich. Una vez que se logre habilitar este pedido por humanidad, salvaremos muchas vidas, ya que toda vida es importante».
Procedimiento ante el MTC.
Después de la construcción de los aeródromos de Wisum y Yankuntich, así como la inspección debida de los aeródromos y la aprobación de los manuales de operación; el 2021, FENAP inicio dos procedimientos administrativos para la autorización del funcionamiento de los aeródromos señalados.
Para ello, el Pueblo Achuar del Pastaza tuvo que acreditar la posesión de los terrenos donde se ubican los aeródromos, así como la representatividad que ejerce su presidente sobre FENAP, su órgano representativo. Así, tras los tramites realizados en las municipalidades distritales, FENAP obtuvo la Constancias de Posesión de los terrenos de las pistas de aeródromo que se ubican en sus territorios; los cuales fueron otorgados por la Municipalidad Distrital de Morona, respecto de Yankuntich, y la Municipalidad Distrital de Andoas, respecto de Wisum, donde se reconoció la posesión real y efectiva de los mismos a la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú, órgano de autogobierno y representación del Pueblo Achuar del Pastaza.
Asimismo, el MTC requirió la partida registral de FENAP en SUNARP a fin de acreditar la representatividad de su presidente. Ante la imposibilidad de ello, debido a que el propio Estado no cuenta con un “Registro de Pueblos” en SUNARP, que posibilite inscribir la Resolución Ejecutiva Regional N° 253-2018-GRL-P que reconoce la personalidad jurídica de FENAP como “pueblo indígena u originario”, el MTC reconoció la representatividad del presidente de FENAP, Senar Irar Cisneros, a través del acta de Asamblea General de Pueblo Achuar del Pastaza que le otorga poderes de representación.
Subsanadas estas observaciones, con la asesoría legal del IIDS, el MTC emitió las Resoluciones N° 0425-2023-MTC/12 y N° 0443-2023-MTC/12 autorizando el funcionamiento de los aeródromos de Yankuntich y Wisum, y encargando la administración y explotación de los mismos a FENAP.
- Mayor información: IIDS: www.derechoysociedad.org, iids@derechoysociedad.org
- Jr. Nazca 458, Of. 101, Jesús María, Lima 11, Tel. (51-1) 330 – 9139.
¿Qué significa este logro?
Este logro de FENAP es un avance en la autonomía de los pueblos indígenas, dado que permite que sean ellos, de manera autónoma, los administradores y explotadores de su aeródromo, sin tener que realizar donaciones de predios o ceder la administración a terceros privados o al propio Estado, como suele ocurrir en otros sectores como el educativo y de salud, donde el Estado requiere que los pueblos donen una parte de su propiedad. En esta línea, el Padre Diego Clavijo, quién acompaño a FENAP en este procedimiento, resaltó que “ellos [el Pueblo Achuar del Pastaza] son los legítimos propietarios” y destacó que FENAP, con este logro, “aseguran su capacidad de gobierno y política en la región y ante el Estado”.
Sobre FENAP y su organización.
FENAP es el órgano representativo y de autogobierno del Pueblo Achuar del Pastaza, pueblo indígena amazónico compuesto por 63 comunidades y seis organizaciones de cuenca (ATI, AIM, ORACH, FEAYSI, ORAIM y FIAAP), que ocupa un territorio ancestral de más de 1,124,689 hectáreas, ubicado en los distritos de Andoas, Pastaza y Morona de la Provincia del Datem del Marañón, en el departamento de Loreto, Perú. De acuerdo con la Constitución de FENAP, el Pueblo Achuar del Pastaza es el titular de su territorio, donde ejerce control total de él, siendo indivisible, intangible, inalienable, imprescriptible e indisponible.
Recientemente, FENAP ha sido incorporado a la Base de Datos de Pueblos Indígenas como organización representativa del Pueblo Achuar del Pastaza, siendo el primer pueblo indígena amazónico de alcance regional en incorporarse al mismo. Link: https://www.derechoysociedad.org/mincul-incorpora-a-fenap-en-la-base-de-datos-depueblos-indigenas/