27 Mar CASO “RÍO BLANCO”: JUZGADO DE HUANCABAMBA FRUSTRA AUDIENCIA Y EMPRESA MINERA QUIERE ENTRAR EN EL PROCESO
- Se frustró la Audiencia del Proceso de Nulidad del inconsulto Proyecto minero “Río Blanco” el 13/3, porque Juzgado no notificó a los demandados: MINEM e INGEMMET.
- Empresa minera “Río Blanco”, por el contrario, sí está informada de las resoluciones del Juzgado, y ha pedido ingresar al proceso, alegando que sería “afectada”.
- Las organizaciones convocan a una movilización para el 12/5, para exigir justicia y protestar por el indebido proceder del Juzgado y de la Empresa, que quiere mostrarse como “víctima” cuando es causante de muertes, tortura, daños y persecusión.

IIDS. Marzo 2025. El Primer Juzgado Mixto de Huancabamba no llevó a cabo la “audiencia única” del proceso de Amparo sobre la nulidad del inconsulto proyecto minero “Río Blanco” (ex Majaz), convocada para el 13/03/2025, por “falta de notificación de los demandados”. Dicho proceso fue presentado por siete organizaciones indígenas contra el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), por violación de la consulta previa y otros derechos indígenas. El Juez Culquicondor Bardales reprogramó la audiencia para el 23/04/2025.
La demanda de nulidad del inconsulto megaproyecto minero “Río Blanco”, presentada el pasado 31/01/2025, ha generado mucha expectativa entre las comunidades y rondas campesinas de la región, por el rechazo generalizado que existe al mismo. Ello, debido a la amenaza que significa dicho megaproyecto a sus principales fuentes de subsistencia (como la agricultura, la ganadería y el turismo), y por la violencia usada por el Estado y la empresa minera para imponerlo en contra de su voluntad, incluyendo la intrusión armada en sus territorios, la muerte de cuatro comuneros, la tortura y lesiones a más de treinta personas, y persecusión judicial de dirigentes.
¿Quiénes son los demandantes del caso? Los demandantes son siete organizaciones indígenas: las dos comunidades dentro de cuyo territorio el Estado ha otorgado 35 concesiones mineras sin consulta previa, esto es, la Comunidad “Segunda y Cajas” (Huancabamba), descendiente de los Huayacundos y Calxas, y reconocida como “Comunidad indígena” en 1949, y la Comunidad de “Yanta” (Ayabaca), descendiente de los Ayawacas; la Federación Provincial de Comunidades Campesinas de Ayabaca (FEPROCCA); las centrales de Rondas Campesinas de las provincias de Huancabamba y Ayabaca; la Federación Regional de Rondas y Comunidades Campesinas de Piura, y la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P).
¿Qué explicación ha dado el juzgado por la falta de notificación a los demandados?
La explicación dada es que el “Currier Mito”, que usa el Juzgado, habría mandado la notificación a Piura (en vez de Lima), “por error”. Sin embargo, lo que no tiene justificación es que, a pesar de que le devolvieron dicha notificación de forma inmediata, el Currier aún no la había reenviado a su destino a la fecha de la audiencia, reteniéndola más de un mes. “Si no llegamos a averiguar nosotros, el currier seguiría sin enviar la notificación. ¿Acaso, ahí, sólo hay negligencia?” Se preguntan los demandantes, y esperan que no quede ahí.
¿Por qué la empresa minera, que no es parte del proceso, ya estaba notificada y no los demandados? Otro asunto que ha alarmado a las organizaciones indígenas demandantes es que, mientras que los Demandados (INGEMMET y MINEM) no habían sido notificados de ninguna de las resoluciones del Juzgado a la fecha de la audiencia, la Empresa Minera Río Blanco Copper S.A., que no es parte del proceso, ya había sido notificada de la Resolución N° 2 del Juez Culquicondor Bardales.
El pedido de la empresa. La corporación minera china “Río Copper SA”, ahora propietaria de las concesiones indebidamente otorgadas por el Estado, envió un escrito al Juzgado señalando que, “de forma casual”, se informó de la Resolución Nº 1 de este proceso de Amparo y que, considerando que sería “afectada”, solicitó ser incluida como “parte necesaria”. Es decir, con todas las atribuciones para oponerse, apelar, etc.
Diligencia selectiva. Ante el pedido de la empresa, el Juez emitió la Resolución Nº 2, señalando que lo resolvería en la audiencia programada para el 13/3. La Especialista del Juzgado notificó dicha Resolución a la empresa el mismo día de emitida. Si bien dicha diligencia es loable, no hubo la misma diligencia para enviar la notificación que corresponde a los Demandados (MINEM e INGEMMET) al Centro de Notificaciones del Juzgado; lo que recién ocurrió al advertirse la falta por las organizaciones indígenas demandantes cuando fueron para la Audiencia.
Indignación de las Organizaciones Indígenas Demandantes.
Fuera del juzgado, las autoridades de las organizaciones indígenas demandantes manifestaron su indignación ante la suspensión de la audiencia, por la falta de debida diligencia del Juzgado en notificar a los demandados, y la dilación que ello implica.
Percy Peña Carrasco, presidente de la Comunidad Campesina “Segunda y Cajas”, expresó: «El juzgado no notificó a los demandados, pero sí a la empresa minera, que quiere meterse en el juicio. Esto es un claro ejemplo de cómo se protege a las grandes empresas y se ignoran los derechos de los pueblos indígenas.»
De su parte, José Morales Merino, presidente de la Comunidad Campesina “Yanta”, denunció: «El juzgado no puede seguir jugando con el tiempo y el esfuerzo de nuestras comunidades. Exigimos que el proceso avance sin más retrasos y sin privilegios para la empresa minera.»
Rechazo a las maniobras de la empresa minera para entrar al proceso. Las autoridades indígenas también mostraron su malestar y rechazo a las maniobras de la empresa minera para enterarse del proceso y tratar de ser parte del mismo:
“La empresa minera se quiere mostrar como víctima pero, en realidad, ella no es la afectada sino que es la agresora”, afirmó un dirigente comunal, a lo que añadieron otros:
- “La empresa es la causante de la muerte de cuatro comuneros en Yanta, Segunda y Cajas, y Pacaipampa. Quedaron viudas, huérfanos, hermanos, madres sufriendo”.
- “En la Comunidad Segunda y Cajas han quedado viudas, huérfanos, personas inválidas, sin piernas, por las balas”.
- “En la Comunidad de Yanta, hombres armados de la empresa no nos dejaban pasar hacia el campamento. Dentro de nuestro propio territorio, no teníamos libertad”.
- “Nuestros compañeros estuvieron varios días torturados por agentes armados”.
- “La empresa minera destruyó bosques y taló muchos árboles para hacer sus caminos, plataformas y campamentos”.
- “Vimos peces muertos en algunos ríos después de que la empresa entró”.
La presidenta de la Federación Provincial de Comunidades Campesinas de Ayabaca (FEPROCCA), Noralda Jiménez señaló: “La empresa no tiene nada que ver en este proceso, porque las concesiones que tiene son nulas. Solo quiere entrar para entorporecer nuestro juicio”.
De su parte, los asesores legales explicaron: “La empresa minera no es la entidad estatal encargada de dar las concesiones, por lo que, de ningún modo, la empresa puede ser considerada como “parte necesaria”. Y, si tiene reclamos que hacer, los deberá hacer en otra vía. Este proceso es para analizar las violaciones a la consulta previa hechas por el Estado al otorgar, indebidamente, concesiones mineras dentro de su territorio. Así es que esperamos que el Juez no la admita pues, en efecto, sólo buscará dilatar el proceso”

Pronunciamiento Público de las Organizaciones Indígenas Demandantes.
Ante la suspensión y reprogramación de la Audiencia, el mismo 13/03/2025, las siete organizaciones indígenas demandantes realizaron un Pronunciamiento Público.
En su Pronunciamiento, las organizaciones indígenas manifiestan su indignación por la negligencia del juzgado por no notificar debidamente a los demandados, atrasando el proceso de amparo. De igual manera, les preocupa que la empresa minera Río Blanco Copper S.A., que no es parte del proceso, ya haya sido notificada mientras que todavía no lo estén los demandados, y que la empresa esté tomando el papel de “víctima”, pese a que es la principal responsable de actos violentos para imponer el proyecto minero, causando daños irreparables al medio ambiente y, lo más grave, la pérdida de vidas humanas.
Las comunidades y rondas campesinas exigen que el proceso judicial se lleve a cabo sin más retrasos, sin incluir en en el mismo a la Empresa Minera, y con el respeto a sus derechos fundamentales. Exigen que el Juzgado atienda su demanda y declare la nulidad las inconsultas concesiones mineras.
Para hacerse oir, las organizaciones convocan a una movilización para el 12 de mayo 2025.
Al respecto, el Presidente de la Central Única de Rondas Campesinas de Huancabamba, Ronsol Sandoval, señaló: “Nosotros nos vamos a seguir movilizando hasta que logremos justicia y el Juez declare nulas las concesiones mineras, porque nunca hubo consulta previa”.

PRONUNCIAMIENTO:
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